Obra Social

William W. Hannan
Tuvo una vida de notable actividad, de logros exitosos, de gran propósito y de planes cumplidos. Sin embargo, al morir decidió dejarle dos tercios de su patrimonio a organizaciones benéficas de Detroit, incluida la Children’s Aid Society.
Inspirados en su vida y con el propósito de continuar su legado, queremos aportar a las comunidades aledañas a nuestras oficinas tiempo, esfuerzo y dinero destinados a obra social.
“El éxito acompaña a las personas cuando hacen el uso correcto de su talento, su tiempo y sus oportunidades”
William W. Hannan

Hannan Day
Es un día cada año, donde todos los agentes de Hannan-Piper Real Estate despejan su agenda para donar su tiempo a alguna entidad sin ánimo de lucro ubicada en su comunidad. Es una manera en que intentamos devolver todo lo bueno y todas las oportunidades que nos han surgido durante el año.
Aportamos cada año a entidades que cumplan estrictamente con lo siguiente:
- Ser una entidad sin ánimo de lucro, cuyos fines estatutarios tiendan a promover el interés general y sean de carácter cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, sanitario, de promoción de los valores constitucionales, de promoción de los derechos humanos, de víctimas del terrorismo, de asistencia social, de cooperación para el desarrollo, de promoción de la mujer, de promoción y protección de la familia, de protección de la infancia, de fomento de la igualdad de oportunidades y de la tolerancia, de defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social o de la investigación, de promoción del voluntariado social, de defensa de consumidores y usuarios, de promoción y atención a la personas en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales, económicas o culturales, y cualesquiera otros de similar naturaleza.
- Que su actividad no esté restringida exclusivamente a beneficiar a sus asociados, sino abierta a cualquier otro posible beneficiario que reúna las condiciones y caracteres exigidos por la índole de sus propios fines. Todo ello, sin perjuicio que la entidad pueda limitar el acceso a tales servicios o actividades por causas objetivas, por ejemplo, en función del número máximo de plazas fijado por cada actividad o en función de las necesidades, condiciones y aptitudes físicas de cada persona, e incluso fijando un precio de acceso. En cualquier caso, las actividades de la entidad no deben de dirigirse única y exclusivamente a sus asociados.
- Que los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no lo hagan con cargo a fondos y subvenciones públicas, aunque en los términos y condiciones que se determinen en los Estatutos, podrán recibir una retribución adecuada por la realización de servicios diferentes a las funciones que les corresponden como miembros del órgano de representación.
- Que se encuentren constituidas, inscritas en el Registro correspondiente, en funcionamiento y dando cumplimiento efectivo a sus fines estatutarios, ininterrumpidamente y concurriendo todos los precedentes requisitos, al menos durante los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
- Que cuenten con los medios personales y materiales adecuados y con la organización idónea para garantizar el cumplimiento de los fines estatutarios.